El Boletín Oficial argentino del 15 de octubre de 2026, edición 36.013, publicó la Resolución General 1172/2026 de la Comisión Nacional de Valores (CNV). La norma reescribe el capítulo de los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV).
Fecha del hecho
Verificado: publicación el 15 de octubre de 2026 en la primera sección del Boletín Oficial, número 36.013.
Qué cambió
Verificado. La RG 1172/2026 sustituye el capítulo sobre PSAV de las Normas de la CNV. Cuatro puntos para revisar:
- Personas humanas: deben inscribirse solo si sus operaciones superan UVA 35.000 por mes calendario.
- Entidades extranjeras: quedan alcanzadas, entre otros supuestos, si su volumen de negocios en Argentina excede el 20 % del total.
- Patrimonio neto mínimo: USD 150.000 para las categorías 1, 2 y 4.
- Informe mensual de clientes, operaciones y custodia, dentro de los 15 días corridos de cada cierre de mes.
En el mismo número, la RG 1173/2026 de la CNV mantiene la administración del examen de idoneidad por el propio organismo hasta el 15 de diciembre de 2026 inclusive. Además, la Resolución 53/2026 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo aprueba un régimen de audiencias virtuales ante el Servicio de Homologación.
En la otra orilla: el Decreto 235/026 prorroga hasta el 30 de abril de 2027 la rebaja de 9 puntos de IVA en operaciones vinculadas al turismo, siempre que se paguen con determinados medios electrónicos (Diario Oficial, 8 de octubre de 2026).
Antes y después
Antes, los PSAV se regían por el régimen que la RG 1058 había desarrollado. Ahora rige el texto sustituido, que fija el informe mensual desde el 1 de noviembre de 2026.
Estado de la norma
Vigente desde el día siguiente al de su publicación (RG 1172/2026).
Lea también: Tax Holiday desde 2026: qué exige la norma uruguaya. Criterios de esta publicación: Criterios editoriales y correcciones.
Fuente primaria
Boletín Oficial n.º 36.013, primera sección, 15 de octubre de 2026. Es el PDF del día: la dirección cambia con cada edición, así que conviene archivar una copia. Portal oficial: boletinoficial.gob.ar.
Fecha de verificación
15 de octubre de 2026. Pendiente: el cotejo con la RG 1058.
Evaluación editorial
Lo que sigue es la lectura de la redacción; los documentos citados no lo dicen.
- Estimación: una tesorería con cuentas o billeteras en plataformas debería listar qué proveedores atienden a clientes en Argentina.
- Hipótesis: un vehículo con operación cripto gestionado desde Montevideo y con clientes argentinos podría quedar alcanzado por el artículo 4. Véase Persona, sociedad o holding en el corredor y ¿Family office a un lado u otro del río?
- Estimación: para equipos repartidos entre ambas orillas, las audiencias virtuales de la SRT pueden simplificar los reclamos laborales en Argentina. Más en Un equipo, dos países: antes de contratar.
