Impuesto mínimo en Uruguay: el decreto de setiembre reemplaza al de diciembre

El Decreto 206/026 deroga al 325/025: los grupos con cláusula de estabilidad fiscal pagan el impuesto mínimo y reclaman compensación ante la DGI.

Redacción

lectura de 3 minutos

Fechas y estado

Publicado

Verificado

15 de octubre de 2026

Norma

Decreto 206/026

Vigente desde

Orillas

Página de calendario sobre un escritorio, con un sello circular estampado sobre una de sus casillas
Imagen generada por inteligencia artificial

El Poder Ejecutivo publicó en setiembre de 2026 el Decreto 206/026, que fija los requisitos del impuesto mínimo complementario doméstico (IMCD). El decreto deroga al 325/025, del 29 de diciembre de 2025, que dispensaba el pago a quienes tenían cláusula de estabilidad fiscal pero no regulaba el procedimiento.

Fecha del evento

Verificado. El decreto lleva fecha del 31 de agosto de 2026 y se publicó en el Diario Oficial del 8 de setiembre de 2026. La DGI difundió el cambio el 15 de setiembre de 2026.

Qué cambió

El decreto establece lo siguiente:

  • Artículo 1: toda entidad de un grupo multinacional que supere el umbral de ingresos del artículo 3.º del Título 21 del Texto Ordenado 2023 y tenga IMCD asignado debe cumplir las obligaciones formales y pagar.
  • Artículo 2: si hay cláusula y el Estado debe compensar a la entidad, esta puede presentar un expediente ante la DGI. Debe incluir organigrama del grupo, Informe País por País, identificación de la cláusula, cálculo del IMCD y una certificación de auditoría legalizada y apostillada.
  • Artículo 4: la compensación es la diferencia entre el IMCD pagado en Uruguay y la reducción de impuestos extranjeros que ese pago produce.
  • Artículo 5: las cláusulas comprendidas son los artículos 19, 20 y 25 de la Ley 15.921 (zonas francas), el artículo 43 de la Ley 15.939 (forestal) y los acuerdos específicos firmados antes del IMCD.

Antes y ahora

Antes, el Decreto 325/025 dispensaba el pago, total o parcial, a las entidades con cláusula. Ahora, el Decreto 206/026 exige pagar y reclamar la compensación por expediente.

Estado de la norma

Verificado. El Decreto 206/026 está publicado y reglamenta el artículo 666 de la Ley 20.446. La DGI informó que la forma y las condiciones del expediente "serán comunicadas a la brevedad".

Lea también: Impuesto mínimo doméstico: quién cruza el umbral de 750 millones y MercadoLibre: qué sustancia muestra su sede en Montevideo.

Fuente primaria

Fecha de verificación

Textos vigentes al 15 de octubre de 2026.

Redacción: evaluación editorial

Pasajes que no se desprenden de los actos y son una evaluación de la redacción:

  • Estimación: el expediente exige documentación de todo el grupo. En estructuras con filiales a ambos lados del río, obliga a coordinar a la casa matriz con el equipo local.
  • Hipótesis: antes del primer vencimiento conviene confirmar si la entidad uruguaya tiene una de las cláusulas del artículo 5. Más contexto en Impuesto mínimo y grupos del corredor.
  • Estimación: la misma ley presupuestal tiene otros efectos; véase Ley 20.446 y el nuevo residente fiscal.

Relacionados